STS, 5 de Julio de 1993

Enlazado como:


Frases clave


El recurso de suplicación incurre en este punto en un defecto procesal insubsanable, al no proponer el examen de ninguna norma sustantiva o de la jurisprudencia, por lo que tendría que ser desestimado. Esto impide que en este recurso de casación para la unificación de doctrina pueda la Sala pronunciarse sobre las infracciones que se denuncian y que no fueron denunciadas en suplicación.

Extracto


STS, 5 de Julio de 1993

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento