STS, 12 de Febrero de 2001

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Resumen


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Frases clave


En el caso que enjuiciamos falta el elemento de la antijuridicidad como presupuesto o requisito de la imputación del daño y del deber del resarcimiento que éste genera para la Administración, ya que ni los medicamentos -que, según manifiesta la representación procesal del recurrente, le fueron prescritos por médicos, tanto de la Seguridad Social, como por médicos de la medicina privada- pueden producir, en principio, los efectos nocivos o perjudiciales que infundadamente se les achacan, por haber sido recetados precisamente por facultativos de la medicina, según su lex artis, ni la comercialización o venta de los referidos medicamentos pudo efectuarse libremente por los centros de asistencia sanitaria dependientes de la Administración demandada, a favor de cualquier usuario, sin el previo control médico

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Extracto


STS, 12 de Febrero de 2001

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