STSJ Comunidad de Madrid 1130/2007, 17 de Octubre de 2007
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Resumen
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Frases clave
“ No puede olvidarse que los diagnósticos se hacen sobre la base de la clínica que refiere el paciente y la exploración a la que se le somete de acuerdo a esa clínica, debiendo recordar que, en materia de responsabilidad patrimonial derivada de una actuación médica, el criterio básico utilizado es el de la Lex Artis, de suerte que la obligación del profesional de la medicina es de medios y no de resultados: la obligación del médico es prestar la debida asistencia y no de garantizar, en todo caso, la curación del enfermo. ”
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Extracto
STSJ Comunidad de Madrid 1130/2007, 17 de Octubre de 2007
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