La participación de los jueces en entrevistas, coloquios o redes sociales debe ser neutral para no comprometer la apariencia de imparcialidad del Poder Judicial
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Documentos citados
Constitución Española de 1978
-
Artículo
127
Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio)
-
Artículo
365
Acceso clientes
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