STS, 25 de Mayo de 1998

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Resumen


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Frases clave


En el presente caso no se ha demostrado, sin embargo, la existencia de ninguna licencia que haya conferido al recurrente un derecho al uso de la cochera de su propiedad. El simple pago de derechos o tasas no equivale a la existencia de licencia, como tampoco el transcurso del tiempo, por dilatado que sea o la simple tolerancia o pasividad municipal (sentencias, entre otras muchas, de 26 de abril de 1988, 20 de mayo de 1991 y de 29 de julio y 12 de noviembre de 1992). Tampoco acredita su existencia la simple colocación de una placa (sentencia de 12 de marzo de 1997) ya que el otorgamiento de licencia implica un acto positivo y volitivo por parte de la Administración que no se ha producido en el presente caso, como parece reconocer incluso la propia parte apelada.

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Extracto


STS, 25 de Mayo de 1998

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