Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
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Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
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Afectaciones
DEROGA
- Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros. - Artículos : 2.1.vi
MODIFICA
Documentos citados
- Ley Orgánica de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio (Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio) - Artículo 4
- Orden FOM/1085/2008, de 7 de abril, </strong>por la que<strong> se sustituye el sistema de tarifas máximas por tarifas de referencia en las obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas de Baleares.
- Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo, </strong>por la que<strong> se dictan instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros. - Artículo 2
- Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) - Artículos 4, 7, 14
- Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, </strong>por la que<strong> se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad. - Artículo 2