Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan lugar, forma, plazos y procedimientos de presentación.
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Orden HAP/861/2015, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan lugar, forma, plazos y procedimientos de presentación.
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Afectaciones
MODIFICA
- Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación. - Artículos : anexo I 5 7 8 10 11
Documentos citados
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre) - Artículo 92
- Ley de Firma Electrónica (Ley 59/2003, de 19 de diciembre)
- Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio)
- Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, </strong>por la que<strong> se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. - Artículo 3
- Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos (Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio) - Artículos 3, 117