ORDEN FORAL 74/2023, de 14 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 231/2013, de 18 de junio, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban los modelos 210 y 211 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación.
›
Enlazado como:Extracto
ORDEN FORAL 74/2023, de 14 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 231/2013, de 18 de junio, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban los modelos 210 y 211 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
MODIFICA
- ORDEN FORAL 231/2013, de 18 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueban los modelos 210 y 211 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación. - Artículos : 1 6..9 anexo I
Documentos citados
- Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo)
- Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio)
- ORDEN FORAL 132/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, </strong>por la que<strong> se regulan los supuestos en los que será obligatoria la presentación por vía telemática y en soporte legible por ordenador de las declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones, declaraciones resumen anual, declaraciones informativas, así como de las comunicaciones y de otros documentos previstos por la normativa tributaria. - Artículo 2
- ORDEN FORAL 130/2009, de 29 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, </strong>por la que<strong> se aprueba el Acuerdo de colaboración externa para realizar en representación de terceras personas la presentación por vía telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios y la tramitación telemática del pago de deudas tributarias.
- 132/2009 FORU AGINDUA, uztailaren 3koa, Ekonomia eta Ogasuneko kontseilariak emana, aitorpen-likidazioak, autolikidazioak, urteko aitorpen-laburpenak, informazio aitorpenak, jakinarazpenak eta zerga arloko araudiak eskatutako beste agiri batzuk baliabide telematikoen bidez eta ordenagailuak irakurtzen ahal duen euskarriaren bidez aurkeztera behartzen duten kasuak arautu dituena.