ORDEN FORAL 468/2014, de 28 de noviembre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se modifica la Orden Foral 183/2009, de 10 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo 296 “Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta”.
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ORDEN FORAL 468/2014, de 28 de noviembre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se modifica la Orden Foral 183/2009, de 10 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo 296 “Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta”.
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- ORDEN FORAL 183/2009, de 10 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 296 'Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta'. - Artículos : 9.a).2
AÑADE
Documentos citados
- Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (Ley 35/2003, de 4 de noviembre)
- Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio)
- ORDEN FORAL 183/2009, de 10 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, </strong>por la que<strong> se aprueba el modelo 296 'Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta'.
- 183/2009 FORU AGINDUA, azaroaren 10ekoa, Ekonomia eta Ogasuneko kontseilariak emana, 'Ez-egoiliarren errentaren gaineko zerga. Establezimendu iraunkorrik gabeko ez-egoiliarrak. Atxikipenen eta konturako sarreren urteko aitorpena' 296 eredua onesten duena.
- ORDEN EHA/1674/2006, de 24 de mayo, </strong>por la que<strong>, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, se establece un procedimiento especial de acreditación de la residencia de ciertos accionistas o partícipes no residentes, en el supuesto de contratos de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva españolas mediante cuentas globales suscritos con entidades intermediarias residentes en el extranjero, y se regulan las obligaciones de suministro de información de estas entidades a la administración tributaria española.