ORDEN FORAL 144/2016, de 10 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 110/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
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ORDEN FORAL 144/2016, de 10 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 110/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
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- ORDEN FORAL 110/2015, de 20 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola. - Artículos : anexo I
Documentos citados
- Ley del Gobierno de Navarra y de su Presidente (Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre) - Artículo 41
- Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, </strong>por el que<strong> se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
- ORDEN FORAL 110/2015, de 20 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, </strong>por la que<strong> se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
- 110/2015 FORU AGINDUA, martxoaren 20koa, Landa Garapeneko, Ingurumeneko eta Toki Administrazioko kontseilariak emana, ordainketa zuzenak, landa garapenerako urteko zenbait prima edo mahastizaintzaren sektorearen aldeko zenbait programarengatik egiten diren ordainketak jasotzen dituzten onuradunek bete beharreko baldintzazkotasun arauak ezartzen dituena.