ORDEN CDS/910/2022, de 16 junio, por la que se suspende parcialmente la aplicación de la condición mínima prevista en el párrafo primero del apartado a) del punto 4 del anexo II del Decreto 111/1992, de 26 de mayo, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados.
›
Enlazado como:Extracto
ORDEN CDS/910/2022, de 16 junio, por la que se suspende parcialmente la aplicación de la condición mínima prevista en el párrafo primero del apartado a) del punto 4 del anexo II del Decreto 111/1992, de 26 de mayo, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
SUSPENDE
- Decreto por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados. (Decreto 111/1992, de 26 de mayo) - Artículos : anexo II.4.a
MODIFICADA por
Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 10
- Ley de Servicios Sociales de Aragón (Ley 5/2009, de 30 de junio) - Artículo 46
- DECRETO 24/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. - Artículo 2
- Decreto por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados. (Decreto 111/1992, de 26 de mayo)