Orden APM/769/2017, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica de universitarios, con distintas titulaciones o graduaciones en los ámbitos de gestión pública, economía financiera y tecnologías de la información, relacionados con la política agrícola común y su financiación.
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Orden APM/769/2017, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica de universitarios, con distintas titulaciones o graduaciones en los ámbitos de gestión pública, economía financiera y tecnologías de la información, relacionados con la política agrícola común y su financiación.
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Afectaciones
DEROGA
MODIFICADA por
- Orden APM/1236/2017, de 4 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de becas de formación práctica en el área de la industria alimentaria, para titulados universitarios y por la que se modifica la Orden APM/769/2017, de 2 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica de universitarios, con distintas titulaciones o graduaciones en los ámbitos de gestión pública, economía financiera y tecnologías de la información, relacionados con la política agrícola común y su financiación. - Artículos : 16.4
DEROGADA por
Documentos citados
- Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre) - Artículos 9, 13, 14, 17, 23, 25, 37
- Real Decreto sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio (Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo)
- Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio)
- Orden AAA/1095/2014, de 24 de junio, </strong>por la que<strong> se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica, para ingenieros agrónomos o titulados con el Master en ingeniería agronómica y se convocan para el ejercicio 2014.
- Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, </strong>por el que<strong> se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.