Orden de 3 de marzo de 2021, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería.
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Orden de 3 de marzo de 2021, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería.
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Afectaciones
DEROGA
- Orden de 18 de marzo de 2016, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería.
- Orden de 7 de julio de 2017, por la que se modifica la Orden de 18 de marzo de 2016, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio)
- DECRETO 349/1996, de 16 de julio, </strong>por el que<strong> se regulan las diversas formas de prestación del tiempo de trabajo del personal funcionario en la Administración de la Junta de Andalucía. - Artículo 11
- Ley de la Administración de la Junta de Andalucía (Ley 9/2007, de 22 de octubre) - Artículos 101, 103, 104, 105, 106, 112, 116
- Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Ley 4/1986, de 5 de Mayo)
- Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía (Ley 6/1985, de 28 de noviembre) - Artículos 27, 30, 46