ORDEN de 27 de octubre de 2024, por la que se modifica el periodo temporal de fabricación o importación de labores de tabaco, distintas de los cigarrillos y el tabaco para liar, que podrán permanecer hasta el día 20 de mayo de 2026 sin llevar adherida la precinta de circulación.

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ORDEN de 27 de octubre de 2024, por la que se modifica el periodo temporal de fabricación o importación de labores de tabaco, distintas de los cigarrillos y el tabaco para liar, que podrán permanecer hasta el día 20 de mayo de 2026 sin llevar adherida la precinta de circulación.

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