Orden 2/2015, de 30 de marzo, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio en las elecciones al Parlamento de La Rioja del año 2015
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Orden 2/2015, de 30 de marzo, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio en las elecciones al Parlamento de La Rioja del año 2015
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Documentos citados
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio) - Artículo 87
- Ley de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Ley 3/2003, de 3 de marzo)
- Real Decreto por el que se regula un Procedimiento de Voto Accesible que Facilita a las Personas con Discapacidad Visual el Ejercicio del Derecho de Sufragio (Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre)
- Decreto 27/2012, de 13 de julio, </strong>por el que<strong> se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja - Artículo 5