STS 104/1998, 16 de Febrero de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ Con base en la expresada doctrina jurisprudencial, el presente motivo ha de ser desestimado, ya que la esposa, aquí recurrente, durante la sustanciación de la pieza separada de liquidación de la sociedad de gananciales, vino postulando reiteradamente que la vivienda unifamiliar fuera adjudicada a su esposo y a ella se le hiciera la correspondiente compensación económica, con base en lo cual, incluso, su propio Contador partidor, por ella designado, redactó su primera propuesta de liquidación (veánse las puntualizaciones quinta a octava del Fundamento jurídico cuarto de esta resolución), sin que su muy posterior cambio de criterio pueda ser tomado ahora en consideración, pues ello contradice no sólo la expresada doctrina jurisprudencial, sino el más elemental principio de seriedad que han de presidir las relaciones humanas responsables, en general, y las jurídicas, en particular. ”
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Extracto
STS 104/1998, 16 de Febrero de 1998
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 93, 96, 1061, 1284, 1320, 1384, 1392, 1404, 1410
- Reglamento Hipotecario (Decreto de 14 de febrero de 1947) - Artículo 91
- Ley 11/1981, de 13 de Mayo, de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio.
- Ley sobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1710