STS 430/2008, 29 de Mayo de 2008

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Frases clave


El informe emitido en segunda instancia por el perito se ha acreditado que el sistema de cubierta proyectado y ejecutado se ajustaba a los parámetros normales de la época de construcción- se desestima porque la resolución de instancia ha manifestado que, acerca de la supuesta insuficiencia probatoria sobre el deterioro generalizado que, por el contrario, la cubierta estaría bien realizada, por ajustarse a los métodos utilizados en la época de construcción del edificio, ya en los informes se explicaba el deficiente estado y detrimento progresivo por levantamiento de juntas, como se refleja en las numerosas fotografías aportadas, que a su vez demuestran los múltiples arreglos con sobreposición del mismo material (tela asfáltica) con resultados mediocres, y se determina que el aislante se encontraba degradado y no era el más idóneo en una zona de pluviometría notoriamente elevada, de manera que se hace supuesto de la cuestión al soslayar los hechos probados y, a partir de una construcción propia y unilateral de la parte recurrente, se extraen consecuencias jurídicas en oposición a lo resulto de conformidad con la prueba.

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Extracto


STS 430/2008, 29 de Mayo de 2008

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