STS, 18 de Mayo de 2001

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Resumen


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Frases clave


la ostensibilidad en la apreciación de las infracciones a las reglas de distribución de competencias entre órganos administrativos, como criterio para calificar cuál de ellas resulta generadora de nulidad absoluta, puede resultar en ocasiones un concepto impreciso y poco seguro pero, a juicio de esta Sala, aquella nota -por lo demás, exigida también por el artículo 62.1.c de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común, en el nuevo régimen de la nulidad absoluta por razón de incompetencia del órgano correspondiente- no podía apreciarse en el supuesto de autos, dadas las características singulares en él concurrentes.

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Extracto


STS, 18 de Mayo de 2001

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