STS 733/2000, 27 de Abril de 2000
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Frases clave
“ Lo que aquí se alega es el desconocimiento por su parte de las circunstancias concretas en que M.M. había preparado el envío del hachís a Bélgica en el interior del vehículo en el que fue encontrada tal sustancia, lo que, al menos, tenía que haber producido una duda razonable, dice el escrito de recurso, respecto de que el acusado conociera la cantidad concreta que el vehículo llevaba en su interior. Pero, en todo caso, incluso dando por buenas las explicaciones del aquí recurrente, que en el juicio oral reconoció que sabía que traía hachís dentro del Renault 21 aunque ignoraba la cantidad, entendemos que fue correctamente aplicado al caso el citado n° 3° del art. 369. Podía ignorar si traía 8 kilos, ó 20, ó 5, pero sabía que traía una cantidad importante, desde luego superior al mencionado límite de un kilogramo, porque es evidente que no se organiza un viaje desde Marruecos a Bélgica en un coche para traer hachís en una cantidad inferior al mencionado límite de un kilogramo. ”
Extracto
STS 733/2000, 27 de Abril de 2000
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Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 9, 19, 21, 57, 65, 69, 369, 376
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 659, 793, 849, 850, 884
- Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero) - Artículo 4
- Código Penal (Decreto 3096/1973, de 14 de septiembre)