STS 522/2002, 27 de Mayo de 2002

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Frases clave


Por lo razonado debe desestimarse también el tercer motivo, en el que se denuncia infracción del art. 11 en relación con la norma primera del art. 16, ambos de la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960, y jurisprudencia que los interpreta, pues, aunque el tema fue jurisprudencialmente polémico como ponen de relieve varias Sentencias y con especial atención la de 7 de abril de 1997, ha terminado por prevalecer (Sentencias 7 abril y 7 diciembre 1997, 26 junio 1998, 5 mayo 2000) el criterio de que la sanación por caducidad de la acción es aplicable no solo a los acuerdos en que basta la mayoría sino también a aquellos otros, como el del caso (en que se acuerda la distribución del uso y disfrute de un patio común entre los comuneros), en que es preciso que concurra la unanimidad.

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STS 522/2002, 27 de Mayo de 2002

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