STS 1/1997, 13 de Enero de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ Es por cuanto antecede que se alega como causa de la revisión pretendida el haberse ganado injustamente la sentencia en virtud de maquinación fraudulenta, consistente en ocultar datos que revelan los documentos aportados; más, si los documentos no pueden tenerse en cuenta por cuanto se ha dicho, si aún tomados en consideración son insuficientes para provocar otro fallo, si no consta que fuesen conocidos por el Ayuntamiento de Ayllón y si este Ayuntamiento integró a la entidad de Estebavela con posterioridad a las gestiones administrativas, mal se puede achacarle una actividad conscientemente dirigida a ganar la sentencia y que merezca la calificación de "fraudulenta, esto es, engañosa, falaz y contraria a la verdad ”
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Extracto
STS 1/1997, 13 de Enero de 1997
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