STSJ Navarra , March 17, 2000
Linked as:
Summary
No longer available (Autolink)
Key phrases
“ Pues bien, dicho análisis permite afirmar que la publicidad gravada en el impuesto que nos ocupa se ciñe exclusivamente a la realizada en el ámbito empresarial. Conclusión ésta que se ve corroborada por lo dispuesto en el art. 190 del Reglamento de las Haciendas Locales de Navarra. De esta forma resulta totalmente lógica la exención en el impuesto de los rótulos de unas entidades que, en palabras del Tribunal Supremo, operan en un ámbito de actividad no lucrativa, distinto, por tanto, del empresarial. ”
See the full content of this document
Extract
STSJ Navarra , March 17, 2000
No longer available (Autolink)
See the full content of this document
This document cites
- Real Decreto por el cual se regula el Procedimiento para la Realización de Devoluciones de Ingresos Indebidos de Naturaleza Tributaria (Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre)
- Constitución Española de 1978 - Articles 82, 133
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio)
- Código Civil - Article 3
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Articles 3, 4, 68, 202