Decreto No. 503.- por Las Razones Expuestas en El Considerando Cuarto de Este Dictamen, y Sin Prejuzgar Sobre las Responsabilidades que Se Les Imputan a Los Cc. Lic. Nabor Ochoa López, Gabriela de La Paz Sevilla Blanco, Gonzalo Medina Ríos, Miriam Yadira Lara Arteaga, Rosa Martha Real Molina, Norma Alicia Pelayo Alvarado, Espiridión Serrano Flores, José Luis Woodwar Rojas, Javier Martínez de La Cruz, David Ortega Quiterio, Rosario Yeme López, Fernando López Paz y María de Jesús Medrano Moya, Se Declara Prescrita la Facultad Constitucional y Legal de La Comisión de Responsabilidades y Del Pleno del H. Congreso del Estado de Colima, para Instaurar el Procedimiento y Aplicar las Sanciones Propuestas en El Decreto Número 432, Ordenándose en Consecuencia, el Archivo del Expediente como Asunto Concluido para Todos los Efectos Legales Procedentes

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Decreto No. 503.- por Las Razones Expuestas en El Considerando Cuarto de Este Dictamen, y Sin Prejuzgar Sobre las Responsabilidades que Se Les Imputan a Los Cc. Lic. Nabor Ochoa López, Gabriela de La Paz Sevilla Blanco, Gonzalo Medina Ríos, Miriam Yadira Lara Arteaga, Rosa Martha Real Molina, Norma Alicia Pelayo Alvarado, Espiridión Serrano Flores, José Luis Woodwar Rojas, Javier Martínez de La Cruz, David Ortega Quiterio, Rosario Yeme López, Fernando López Paz y María de Jesús Medrano Moya, Se Declara Prescrita la Facultad Constitucional y Legal de La Comisión de Responsabilidades y Del Pleno del H. Congreso del Estado de Colima, para Instaurar el Procedimiento y Aplicar las Sanciones Propuestas en El Decreto Número 432, Ordenándose en Consecuencia, el Archivo del Expediente como Asunto Concluido para Todos los Efectos Legales Procedentes

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