STS, 10 de Abril de 2008

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Resumen


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Frases clave


la apreciación de las pruebas respecto de la característica de "novedad" de un determinado modelo industrial sometido corresponde a las Salas de instancia y aun cuando dicha apreciación no sea compartida por el recurrente, su mera discrepancia al respecto -incluso con apoyo en uno de los informes técnicos emitidos- no es base suficiente para fundar un motivo de casación por infracción de ley, cuando en realidad lo discutido es una mera cuestión de hecho y valoración de prueba.

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Extracto


STS, 10 de Abril de 2008

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