STS, 20 de Abril de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Fácilmente se comprende que la pretensión de que esta Sala admita y tenga en cuenta el denominado "informe pericial" que la parte, unilateral y extemporáneamente, adjunta a su escrito de interposición del recurso de casación significa tanto como desconocer la naturaleza extraordinaria de éste, que no consiente la realización de nuevas pruebas sobre los hechos -salvo en los supuestos excepcionales de aportación de determinados documentos previstos en el artículo 506 de la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil- ni es el cauce adecuado para subsanar la falta de solicitud de recibimiento a prueba, omitida en la instancia. Además de ello, dado el contenido del documento que acompaña, la parte actora debería haber pedido en su momento -esto es, ante la Sala de instancia- la realización de una prueba pericial que no cabe, después, sustituir con la aportación de un informe privado carente de toda garantía procesal. ”
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Extracto
STS, 20 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad. (Ley 11/1986, de 20 de marzo) - Artículo 143
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 102
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 506