STS 297/1999, 26 de Marzo de 1999

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Frases clave


La minuta del abogado bajo la simple expresión "honorarios profesionales", señala los que a su entender corresponden (mas I.V.A.), con indicación de la cuantía que sirve de base a su calculo y la norma del Colegio que aplica, pero tal modo de fijar los honorarios es contrario a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 423 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al no expresar por separado y detalladamente, cada uno de los conceptos objeto de minutación, limitándose a determinar un importe global y conjunto sin previa especificación de partidas.

Extracto


STS 297/1999, 26 de Marzo de 1999

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