STS, 5 de Marzo de 2008

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Resumen


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Frases clave


son frecuentes las suspensiones cautelares de multas por considerar que su pago puede quedar suficientemente garantizado mediante la prestación de avales o fianzas, lo que, en definitiva, evita el menoscabo al erario público, pero tampoco se puede negar que, en este caso, la Sala de instancia ha realizado un correcto juicio de ponderación de intereses ante la inexistente aportación de dato alguno concreto que permita deducir el riesgo económico que para la empresa inmobiliaria pudiese tener el desembolso inmediato del importe de la multa, del que podrá resarcirse íntegramente si prosperase la acción ejercitada, razón por la que el único motivo de casación alegado es desestimable

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Extracto


STS, 5 de Marzo de 2008

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