STS 576/2002, 7 de Junio de 2002

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Frases clave


El asunto de fondo planteado es uno más del amplio tema de la responsabilidad civil médica, en que no tanto se cuestiona la culpabilidad del médico o la negligencia del centro médico, sino el nexo causal entre la actividad médica y el daño: se prueba (caso de la sentencia de 13 de diciembre de 1997), o se prueba que no se ha dado (sentencias de 13 de abril de 1999 y de 23 de octubre de 2000) o se aplica la doctrina del resultado desproporcionado (entre otras, sentencia de 29 de junio de 1999).

En el presente caso, se ha probado en autos y se ha recogido en las sentencias de instancia que no hay nexo causal entre la actuación del médico y el daño consistente en la pérdida de visión del ojo izquierdo. Dicha actuación fue correcta y el daño sobrevino por la naturaleza, según se ha acreditado pericialmente, que en términos jurídicos no es otra cosa que fuerza mayor, que elimina aquel nexo causal.

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STS 576/2002, 7 de Junio de 2002

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