SAP A Coruña 207/2006, 26 de Mayo de 2006

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Resumen


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Frases clave


que en los contratos de enseñanza se preveían tres modalidades de pago, al contado, financiado y aplazado. Las dos primeras implicaban para la academia, que recibía el precio del curso bien directamente del alumno, bien de la entidad financiera, sin haber ni siquiera empezado a prestar un servicio (la prestación era de tracto sucesivo), mientras que el alumno, bien había abonado el importe de todo el curso, bien se había comprometido con la entidad financiera por su importe, sin haber recibido su contraprestación. En cambio, llama la atención que no se hubiera optado en ningún caso por la modalidad tercera, la de "aplazado", más compatible con la normalidad de los contratos de enseñanza, y que permite hacer sospechar que la academia dirigía a los alumnos a la modalidad de "financiado".

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Extracto


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