SAP Zamora 273/2007, 4 de Diciembre de 2007
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Resumen
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Frases clave
“ Al no haber informado a los demandantes sobre dichas previsiones meteorológicas, que debían ser conocidas por la agencia de viajes, pues eran de conocimiento público, permitieron que los usuarios viajaran a la zona por donde pasó el huracán, habiendo tenido que permanecer durante toda su estancia en México dentro del hotel sin posibilidad de disfrutar de las vacaciones programadas. Por lo que hubo incumplimiento defectuoso, o al menos un incumplimiento de una parte esencial de la obligación principal, asumida por la agencia de viajes. Que motiva la resolución del contrato con la devolución del precio y la indemnización de los daños y perjuicios ”
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Extracto
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 457
- Constitución Española de 1978
- STS 298/2006, 21 de Marzo de 2006
- Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los Viajes Combinados. - Artículo 11
- Council Directive 90/314/EEC of 13 June 1990 on package travel, package holidays and package tours