STS 165/2002, 11 de Marzo de 2002

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Frases clave


si el DIRECCION000 de Cazorla, no contestó de ninguna manera a las innumerables solicitudes de información formuladas durante varios años por los concejales de la oposición municipal, ni entregó a éstos los documentos reiteradamente solicitados por escrito por los mismos, a lo que estaba obligado como se ha dicho -cuyas solicitudes obran en el Sumario suficientemente identificadas-, conociendo el DIRECCION000 dichas solicitudes y peticiones, y con dicha actitud pasiva se entorpeció la transparencia de la gestión pública del Ayuntamiento de Cazorla, es evidente que el mismo ha incurrido en un delito de atentado contra los derechos cívicos de la persona, tipificado en el artículo 194 del anterior Código Penal, y 542 del vigente Código Penal

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Extracto


STS 165/2002, 11 de Marzo de 2002

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