STS, 21 de Octubre de 1997

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Frases clave


Los efectos contenidos en los paquetes no podían alcanzar la categoría de efectos públicos, por lo que se trataba de cosas muebles que, con un evidente animo de lucro tal como dice el hecho probado, fueron incorporados al patrimonio del acusado. Se trataba de bultos y objetos de naturaleza mueble que estaban encomendados a la custodia y guarda de los funcionarios encargados de su manejo y transporte cualesquiera que fuera su clasificación a efectos postales. En cumplimiento de su deber de guarda hasta que fueran entregados a sus titulares, los funcionarios que los manejaban los tenían bajo su custodia y estaban obligados a ponerlos a disposición de quienes tenían la misión de almacenarlos hasta la entrega definitiva al destinatario. Existe por tanto, el ánimo de lucro y la apropiación en beneficio propio de una cosa mueble.

Extracto


STS, 21 de Octubre de 1997

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