STSJ Andalucía , 27 de Diciembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Conforme al art. 79 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (L. 39/1988, de 28 de Diciembre) el I.A.E. es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificados en las Tarifas del impuesto; siendo sujetos pasivos del mismo las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el art. 33 de la Ley General Tributaria siempre que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible (art. ”
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Extracto
STSJ Andalucía , 27 de Diciembre de 2001
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