STS 1073/2001, 12 de Noviembre de 2001

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Frases clave


Así, debe prosperar la acción ejercitada, declarando la nulidad del acuerdo de modificación del artículo 29, apartados d) y e) de los Estatutos sociales de la sociedad demandada "Piñero y Díaz, sucesores de Diego Piñero Moreno, S.L." por no haberse adoptado dicho acuerdo con las mayorías exigidas por el artículo 23 de los Estatutos, según la interpretación dada por la sentencia de 24 de junio de 1996 que se reitera ahora, en la presente.

Extracto


STS 1073/2001, 12 de Noviembre de 2001

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