STS, 19 de Diciembre de 1996

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Resumen


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Frases clave


el derecho que corresponde a las secciones sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa o cuenten con delegados de personal, cuando se trate de empresa o centros de trabajos de más de 250 trabajadores, y sin perjuicio de lo que establezca en convenio colectivo, consiste en "la utilización de un local adecuado en que puedan desarrollar sus actividades" dichas secciones sindicales.

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Extracto


STS, 19 de Diciembre de 1996

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