STS, 30 de Noviembre de 1998
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Frases clave
“ El principio general sobre el orden jurisdiccional competente para la tutela del derecho de libertad sindical es, como regla, que la competencia corresponde a la jurisdicción social, como cabe deducir del art. 13 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985 de 2-VII - LOLS) en relación con el art. 2.k) LPL, con las excepciones derivadas, en su caso, del art. 3.a) y c) de la propia LPL ”
Extracto
STS, 30 de Noviembre de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 28, 37
- Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto) - Artículos 8, 13
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 1, 83
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 2, 3, 205, 233
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 9