Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán.
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Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán.
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Afectaciones
DEROGA PARCIALMENTE
- LEY 1/1998, de 7 de enero, de politica lingüistica. - Artículos : 7
- Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. - Artículos : 2
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SUSPENDIDA PARCIALMENTE por
- Recurso de inconstitucionalidad nº 4460-2011, en relación con los arts. 2.3, 5.4, 5.7 y 6.5 de la Ley del Parlamento de Cataluña 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán. - Artículos : 2.3 5.4 5.7 6.5
DECLARADA INCONSTITUCIONAL Y NULO PARCIA por
- Pleno. Sentencia 11/2018, de 8 de febrero de 2018. Recurso de inconstitucionalidad 4460-2011. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán. Régimen de cooficialidad lingüística: nulidad de la atribución de carácter preferente a una lengua cooficial (STC 31/2010); interpretación conforme con la Constitución del precepto legal autonómico que atribuye al aranés la condición de lengua de uso normal por las administraciones públicas catalanas en sus relaciones con Arán. - Artículos : 2.3.a 5.4 5.7 6.5
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 3
- Estatuto de Autonomía de Cataluña (Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio) - Artículos 11, 65
- Ley del Occitano, Aranés en Arán de Cataluña (Ley 35/2010, de 1 de octubre)
- Llei de l'Occità, Aranès a l'Aran de Catalunya (Llei 35/2010, d'1 d'octubre)
- Estatut d'autonomia de Catalunya (Llei Orgànica 6/2006, de 19 de juliol) - Artículos 11, 65