Ley No. 19.878.- Suspéndese por el plazo de un año a partir del 1º de mayo de 2020, el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias dispuesto por el art. 11 de la Ley 18.910, de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el art. 1º de la Ley 18.973, de 21 de setiembre de 2012.

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Ley No. 19.878.- Suspéndese por el plazo de un año a partir del 1º de mayo de 2020, el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias dispuesto por el art. 11 de la Ley 18.910, de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el art. 1º de la Ley 18.973, de 21 de setiembre de 2012.

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