Ley No. 19.160.- Habilítase, dentro de determinadas condiciones, el acceso a una jubilación parcial compatible con el desempeño de servicios de la misma afiliación
› ›
Enlazado como:Extracto
Ley No. 19.160.- Habilítase, dentro de determinadas condiciones, el acceso a una jubilación parcial compatible con el desempeño de servicios de la misma afiliación
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley No. 16736.- Apruébase el Presupuesto Nacional para el actual período de Gobierno, que regirá a partir del 1 de enero de 1996
- Ley No. 17819.- Díctanse normas relativas a acumulación de servicios a efectos de configurar causal de jubilación, retiro o pensión ante cualquier entidad de Seguridad Social
- Ley No. 16074.- Se declara la obligatoriedad del seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que regula todo lo referente a siniestros en actividad, indempnizaciones y rentas permanentes
- Ley No. 18362.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2007.