Ley 1/1998, de 6 de febrero, por la que se deroga el artículo 53.3 de la Ley de cuerpos docentes de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Ley 1/1998, de 6 de febrero, por la que se deroga el artículo 53.3 de la Ley de cuerpos docentes de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Afectaciones
DEROGA PARCIALMENTE
- Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Artículos : 53.3
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Documentos citados
- Estatuto de Autonomía para el País Vasco (Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre) - Artículo 27
- DECRETO 47/1993, de 9 de marzo, </strong>por el que<strong> se establecen criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad en los puestos de trabajo docentes.
- Ley de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Ley 2/1993, de 19 de febrero) - Artículos 50, 53
- Real Decreto de Ordenación del Diario Oficial «Boletín Oficial del Estado» (Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero) - Artículo 6