STS, 16 de Marzo de 1999

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Frases clave


Cuando el derecho extranjero aplicable no haya quedado probado con seguridad en el pleito ha de aplicarse para resolver el litigio el derecho interno, sentencias de 11 de mayo y 21 de 1989 y 23 de marzo de 1994, entre otras.

Extracto


STS, 16 de Marzo de 1999

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