STS, 16 de Marzo de 1999
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Frases clave
“ Cuando el derecho extranjero aplicable no haya quedado probado con seguridad en el pleito ha de aplicarse para resolver el litigio el derecho interno, sentencias de 11 de mayo y 21 de 1989 y 23 de marzo de 1994, entre otras. ”
Extracto
STS, 16 de Marzo de 1999
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