STS 1281/2002, 8 de Julio de 2002

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Frases clave


Como señala la STC 41/1991, de 25-2, la práctica en el acto del juicio oral de los actos de prueba se ha modulado en la medida en que puede suceder, por varios motivos, que los testigos que han depuesto en forma en las diligencias de instrucción sumarial no puedan comparecer en el acto de la vista, extrayendo como consecuencia que «si tales declaraciones figuran en autos vertidas con las debidas garantías, estamos ante la denominada prueba preconstituida que, en tanto prueba documentada, que no documental, puede ser traída al juicio oral al solicitarse por las partes la lectura o reproducción de lo sumarialmente actuado», ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 730 LECrim, vía que permitirá al Tribunal conforme al artículo 726 LECrim. tomar en consideración dichas declaraciones documentadas, siendo condición necesaria para ello que en el Plenario se proceda a la lectura concreta y particular de las declaraciones sumariales, no siendo suficiente el formalismo consistente en tenerlas «por reproducidas», pues dicha lectura expresa constituye el complemento necesario de su regular introducción en el debate, cumpliéndose de esta forma el principio de contradicción (STS 3-11- 2000). La Jurisprudencia de esta Sala ha admitido la aplicación del artículo 730 LECrim, desde luego excepcionalmente, en los casos de fallecimiento del testigo, o cuando se encuentre fuera de la jurisdicción del Tribunal y no sea factible lograr su comparecencia, o sea imposible su localización por desconocer su paradero (SSTS de 25-9-1995, 18-2-1997 o 16-2-1998).

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Extracto


STS 1281/2002, 8 de Julio de 2002

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