STS 1341/2002, 17 de Julio de 2002

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Los vicios de forma que en estos dos motivos son denunciados requieren una serie de circunstancias que son bien distintas de las que en los motivos se argumentan. La falta de claridad en los hechos probados tiene lugar cuando en la descripción de los precisos para permitir su subsunción en una figura penal típica, se produce una incomprensión determinada por la ininteligibilidad de las frases utilizadas o por omitirse datos fundamentales para la aplicación de esa figura, determinando esa falta de comprensión una real laguna o vacío en la descripción histórica, que debe hacerse en forma terminante y sin expresiones dubitativas o ambiguas, Por su parte la contradicción de supuestos fácticos requiere ser interna es decir, atinente a los propios hechos, gramatical de tal forma que la afirmación de algunos párrafos excluya la afirmación de otros, y ello con afectación de aspectos fácticos esenciales para la subsunción y en forma insubsanable, es decir que no pueda superarse la contradicción mediante la armonización de los términos antagónicos del relato, con producción en definitiva de un vacío fáctico que lo haga inidóneo para aplicarle la figura penal típica debatida.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS 1341/2002, 17 de Julio de 2002

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento