STS 138/2002, February 08, 2002
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“ Por otra parte aunque admitiésemos como cierto que el lugar donde se desarrolló el suceso era el domicilio del recurrente, creemos que ello carece de transcendencia a los efectos de exculpar al agresor de los dos delitos de lesiones por los que fué condenado, es más, esa situación de hallarse en el propio domicilio podrían favorecerle en su acción agresora al encontrarse más protegido por los suyos. ”
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STS 138/2002, February 08, 2002
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Core Citations
APPLIES
- Constitución Española de 1978 - Articles : 24.2
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Articles : 5.4
This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 14, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Article 20
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Article 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Articles 741, 849, 851, 884, 885
- Declaración Universal de Derechos Humanos