SAP Asturias 277/2001, 29 de Mayo de 2001
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Frases clave
“ falta de presencia física de los árbitros en el acto de la vista infringe el principio esencial de audiencia recogido en el artículo 21 de la Ley de Arbitraje, pues difícilmente aquellos podrán resolver sobre una controversia a ellos sometida si previamente no han tenido conocimiento de los términos de la misma en el acto procesal previsto para ello.- ”
Extracto
SAP Asturias 277/2001, 29 de Mayo de 2001
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 394
- Ley de Arbitraje (Ley 36/1988, de 5 de diciembre) - Artículo 45
- Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Ley 16/1987, de 30 de julio) - Artículo 37
- Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 715