SAP Asturias 277/2001, 29 de Mayo de 2001

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Frases clave


falta de presencia física de los árbitros en el acto de la vista infringe el principio esencial de audiencia recogido en el artículo 21 de la Ley de Arbitraje, pues difícilmente aquellos podrán resolver sobre una controversia a ellos sometida si previamente no han tenido conocimiento de los términos de la misma en el acto procesal previsto para ello.-

Extracto


SAP Asturias 277/2001, 29 de Mayo de 2001

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