STS, 19 de Junio de 1993
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Resumen
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Frases clave
“ las normas infringidas que rigen las garantías procesales del derecho a la prueba debe reputarse que tienen carácter esencial; y por otra parte la indefensión no tiene que ser probada sino que basta con que resulte razonable y verosímil la producción de la misma, lo que es bastante a estos efectos, según las dos sentencias de esta Sala de 5 de febrero de 1990, que refieren el peligro hipotético o a la posibilidad de perjudicar el derecho de defensa como elementos válidos para configurar la indefensión ”
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Extracto
STS, 19 de Junio de 1993
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 24, 28
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos 31, 32, 33
- Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto) - Artículos 7, 12, 13
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 206, 238
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 565, 566, 567, 586, 605, 637, 643, 652