SAP Madrid 35/2008, 7 de Febrero de 2008
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Frases clave
“ El hecho de que la productora y la demandante negociaran y otorgaran un contrato para la producción y emisión de nuevos capítulos a partir de la expiración del contrato suscrito por "BAINET MEDIA, S.A." con la demandada, en modo alguno es relevante para analizar el comportamiento de ésta una vez expirado su contrato ni parece que pueda constituir acto alguno de competencia desleal, cuyo examen, desde luego, hubiera exigido la oportuna reconvención. ”
Extracto
SAP Madrid 35/2008, 7 de Febrero de 2008
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 222, 398, 416, 421, 465
- Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991, de 10 de enero) - Artículos 5, 7, 19
- Código Civil - Artículo 1091
- Ley de Propiedad Intelectual, Regularizando, Aclarando y Armonizando las Disposiciones legales vigentes sobre la Materia (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril) - Artículo 48