STS, 17 de Noviembre de 1997

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Frases clave


Por otro lado, la sentencia de 23 de Junio de 1997, dictada en Sala General al tratar de un tema referente a la exclusión de listas de espera en el Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos de trabajadores anteriormente despedidos señla que se está ante "una actividad del Organismo Autónomo actuando como empresario, no como sujeto investido de potestad. Acto en desarrollo de un acuerdo pactado con la representación de los trabajadores. Así pues, la pretensión se deduce dentro de la rama social del Derecho, y no, pudiendo ser calificada tal conducta como acto sujeto a Derecho administrativo en materia laboral, el conocimiento corresponde a los Tribunales del Orden social.

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Extracto


STS, 17 de Noviembre de 1997

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