STS 653/2008, 2 de Julio de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ En efecto, resolver los conflictos que resulten en la aplicación de la regla de libre revocabilidad de los administradores por la junta general - órgano liberado de la necesidad de justificar su decisión, conforme al artículo 131 -, en los casos en que el consejero separado hubiera sido designado por una minoría agrupada - artículo 137 -, mediante la aplicación del artículo 132, que exige la concurrencia de determinadas causas, no para que la junta pueda tomar la decisión de cese, sino para que, a petición de cualquier socio, quede vinculada a hacerlo, constituye una solución que - pese a venir defendida por un sector de la doctrina - carece de fundamento legal. ”
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Extracto
STS 653/2008, 2 de Julio de 2008
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 363, 394, 398, 477
- Código Civil - Artículo 7
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Artículos 131, 137, 200