STS, 5 de Julio de 1994

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


no es jurídicamente incorrecto proceder a la sustitución de un empleado en vacaciones mediante un contrato de trabajo eventual. El período de vacaciones no llega a suponer una suspensión del contrato de trabajo con derecho a reserva de plaza del trabajador que descansa, sino una mera interrupción de la prestación de servicios, en la que el puesto de trabajo no está propiamente en situación de vacante reservada.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 5 de Julio de 1994

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento